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INMUEBLES KSAMAR C.A.
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Franquicia Comercial MARGARITA
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RIF: J-29416664-4
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Noticias y Opiniones


IMPUESTO A LA COMPRA DE INMUEBLES A FAVOR DE LA HACIENDA PUBLICA...


La Ley de Registro Público y del Notariado publicada el 22/12/2006 en su Artículo 92, establece que las operaciones de Venta y demás actos traslativos de la propiedad de bienes inmuebles, genera un impuesto destinado a la Hacienda Pública Municipal, el mismo depende del precio de Venta y oscila entre 1 y 5 Unidades Tributarias, el cual se calculará de la siguiente manera:

"

1. Hasta dos mil unidades tributarias (2.000 U.T.), una unidad tributaria (1 U.T.).

"

2. Desde dos mil una unidades tributarias (2.001 U.T.) hasta tres mil quinientas unidades tributarias (3.500 U.T.), dos unidades tributarias (2 U.T.).

"

3. Desde tres mil quinientas una unidades tributarias (3.501 U.T.) hasta cuatro mil quinientas unidades tributarias (4.500 U.T.), tres unidades tributarias (3 U.T.).

"

4. Desde cuatro mil quinientas una unidades tributarias (4.501 U.T.) hasta seis mil quinientas unidades tributarias (6.500 U.T.), cuatro unidades tributarias (4 U.T.).

"

5. Desde seis mil quinientas una unidades tributarias (6.501 U.T.) en adelante, cinco unidades tributarias (5 U.T.)

"

  • No se aplica a las operaciones de compra venta donde intervengan créditos hipotecarios, protegidos por leyes especiales.
  • Se paga directamente en la Oficina de Rentas de la Alcaldía correspondiente
  • Este impuesto lo tiene que pagar el Adquiriente del Inmueble.

Resumen elaborado para www.rentahouse-Margarita.com